Al amparo de lo dispuesto en el artículo 4.º, 3, del Estatuto Legal del Consorcio de Compensación de Seguros aprobado por la Ley 21/1990, de 19 de diciembre, se acuerda el cese como Vocal del Consejo de Administración del Consorcio de Compensación de Seguros de don Luis M. Almajano Pablos, agradeciéndole los servicios prestados.
Madrid, 13 de marzo de 1995.-El Ministro de Economía y Hacienda.-P. D. (Orden de 29 de diciembre de 1986, «Boletín Oficial del Estado» del 31), el Secretario de Estado de Economía, Alfredo Pastor Bodmer.
Ilmo. Sr. Director general de Seguros y Presidente del Consorcio de Compensación de Seguros.
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