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Documento BOE-A-1995-9942

Decreto 7/1995, de 27 de enero, por el que se aprueba definitivamente el plan insular de ordenación de la isla de Gran Canaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 96, de 22 de abril de 1995, páginas 12054 a 12055 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Canarias
Referencia:
BOE-A-1995-9942

TEXTO ORIGINAL

La ordenación territorial, como competencia plena o exclusiva reconocida constitucionalmente a las Comunidades Autónomas, tiene su máxima expresión en nuestro ordenammiento jurídico regional en la figura de los planes insulares de ordenación que, pese a su complejidad, constituyen un eslabón esencial en el proceso planificador de las islas en cuanto permiten establecer un marco estratégico de actuación coordinada y equilibrada entre todos los sectores operadores e instituciones que, en virtud de competencias sectorialmente atribuidas e intereses legalmente reconocidos, inciden en los procesos de desarrollo económico y social de la sociedad canaria.

La importancia de los planes insulares ha sido realzada, aún más, si cabe, con la reciente Ley 12/1994, de 19 de diciembre, de Espacios Naturales de Canarias, que, reconociendo su evidente carácter estructurador y proteccionista, ha ampliado su esfera de actuación a la planificación de los recursos naturales del archipiélago canario, lo que habrá de constatarse en la adaptación del plan a las previsiones de la Ley, en el plazo previsto en sus disposiciones transitorias primera y segunda.

En este contexto, debemos congratularnos de que se haya culminado la elaboración y tramitación del Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria, no sólo por cuanto constituye un documento imprescindible para la coordinación de las distintas políticas sectoriales que inciden sobre la isla, sino como consolidador de un proceso que se inició con la aprobación del Plan Insular de Ordenación de Lanzarote en el año 1991.

Los objetivos perseguidos en el Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria constituyen un verdadero reto que la Administración lanza para, como se dice en la Memoria del propio documento, construir un gran espacio de ocio en la Europa del año 2000 y crear un sector agrario moderno que sepa aprovechar diferencialmente las condiciones específicas del archipiélago en general, y de Gran Canaria, en concreto.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Política Territorial, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 12.2 de la Ley 1/1987, de 13 de marzo, Reguladora de los Planes Insulares de Ordenación, y previa deliberación del Gobierno en su sesión del día 27 de enero de 1995, dispongo:

Unico.-Aprobar definitivamente el Plan Insular de Ordenación de Gran Canaria, en los términos contenidos en el anexo del presente Decreto.

Disposición final única.

El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Canarias».

Las Palmas de Gran Canaria, 27 de enero de 1995.-El Presidente, Manuel Hermoso Rojas.-El Consejero de Política Territorial, Fernando Redondo Rodríguez.

El anexo del presente Decreto obra publicado en el «Boletín Oficial de Canarias» número 27, de 3 de marzo de 1995, corregido por Decreto 42/1995, de 10 de marzo, publicado en el «Boletín Oficial de Canarias» número 37, de 27 de marzo.

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