En el recurso contencioso-administrativo número 1.808/1992, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Juan Macías-Jabugo, Sociedad Anónima», contra Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de abril de 1991 y 1 de junio de 1992, se ha dictado, con fecha 7 de diciembre de 1995, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Desestimar el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora señora Juristo Sánchez, en nombre y representación de "Juan Macías-Jabugo, Sociedad Anónima", contra Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de abril de 1991 y 1 de junio de 1992, en el que se denegó el acceso registral de la marca solicitada número 1.316.276, por los propios fundamentos de la actual sentencia; sin imposición de costas a ninguna de las partes litigantes.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 29 de marzo de 1996.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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