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Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme, dictada con fecha 1 de diciembre de 1995 por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (Sección Séptima) en el recurso contencioso-administrativo número 973/1993, promovido por don Luis Cordero Molpeceres, contra resolución expresa de este Ministerio, por la que se confirma en reposición la sanción disciplinaria impuesta al recurrente, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que desestimando el recurso interpuesto por el Procurador de los Tribunales don Bonifacio Fraile Sánchez, en nombre y representación de don Luis Cordero Molpeceres, contra la Resolución de 21 de mayo de 1992, de la Dirección General de Recursos Humanos y Organización del Ministerio de Sanidad y Consumo, por la que le impuso como autor de una falta grave la sanción de dos meses de suspensión de empleo y sueldo, debemos confirmarla por estar ajustada a Derecho; sin condena en costas.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 11 de abril de 1996.-P.D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, José Luis Temes Montes.
Ilma. Sra. Directora general del Instituto Nacional de la Salud.
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