De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la expresada sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Primera), en el recurso extraordinario de revisión número 6.723/1992, promovido por el Abogado del Estado contra otras anteriores pronunciadas por la Sala de igual jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla), en los recursos números 3.094/1990 y 3.284/1990, interpuestos por don José Parra Martínez y don Jerónimo Alvez Sánchez, sobre complemento de dedicación especial.
Madrid, 26 de abril de 1996.-El Secretario de Estado de Administración Militar, Emilio Octavio de Toledo Ubieto.
Excmo. Sr. Director general de Personal. Subdirección General de Costes de Personal y Pensiones Militares.
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