En el recurso contencioso-administrativo número 399/1994, interpuesto por don Miguel Valles Dattoli, contra resolución de la Subsecretaría del Departamento de 24 de enero, sobre valoración económica de trienios, se ha dictado, por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 8 de diciembre de 1995, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Miguel Valles Dattoli, contra la resolución referida al principio denegatoria de la valoración de todos los trienios conforme al último grupo o actual a que pertenece el funcionario, debemos declarar y declaramos que dicha resolución es conforme a Derecho. Sin hacer imposición en costas.
Así por esta nuestra sentencia, que se notificará haciendo la indicación de recursos que prescribe el artículo 248.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.»
En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo que establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha tenido a bien disponer, que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 6 de mayo de 1996.-P. D. (Orden de 19 de mayo de 1995, «Boletín Oficial del Estado» de 2 de junio), el Subsecretario, Juan Carlos Girbau García.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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