En los recursos contencioso-administrativos números 741/1992 y 686/1992 (acumulados), interpuestos ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, respectivamente, por «Metro de Madrid, Sociedad Anónima» y «Metro 3, Sociedad Anónima», contra Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 16 de noviembre de 1990 y 11 de junio de 1992, se ha dictado, con fecha 20 de diciembre de 1995, por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando los recursos contencioso-administrativos interpuestos por el Procurador de los Tribunales, don José Manuel Villasante García, en nombre y representación de "Metro de Madrid, Sociedad Anónima", y por el Procurador de los Tribunales don Enrique Sorribes Torra, en nombre y representación de "Metro 3, Sociedad Anónima", contra las Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 16 de noviembre de 1990 y 11 de junio de 1992, por las que se concede la inscripción de la marca gráfica número 1.229.897 "Metro-5", para amparar servicios de la clase 36 del Nomenclátor, declaramos la nulidad de las citadas Resoluciones al no ser ajustadas a derecho, sin hacer expresa imposición de las costas procesales.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de abril de 1996.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid