En el recurso contencioso-administrativo número 1.010/1993, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por American Cyanamid Company, contra Resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 2 de abril de 1992 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 25 de mayo de 1993, se ha dictado, con fecha 13 de noviembre de 1995, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimando el presente recurso contencioso-administrativo, interpuesto por la representación procesal de American Cyanamid Company, debemos declarar y declaramos nulas la Resoluciones a las que se contrae el presente recurso, y en consecuencia, es procedente la concesión de la marca referida al recurrente, signo consistente en la denominación "Alergy-Inform", y destinado a distinguir los servicios de la clase 42 del Nomenclátor Internacional. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en el Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de abril de 1996.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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