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Por Orden de 15 de mayo de 1996 («Boletín Oficial del Estado» del 26), se autorizó la implantación de las enseñanzas establecidas en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, según el calendario aprobado por Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, modificado y completado por el 1487/1994, de 1 de julio, a diversos centros públicos de Educación Secundaria, a partir del curso 1996/97.
Con el fin de completar, ampliar y modificar las autorizaciones contenidas en la citada Orden, y de conformidad con lo establecido en el artículo 1.tres del Reglamento orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, aprobado por Real Decreto 83/1996, de 7 de mayo,
Este Ministerio, ha dispuesto:
Primero.-Los centros públicos de Educación Secundaria que se relacionan a continuación iniciarán en el curso 1996/97, la implantación anticipada del segundo ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 del Real Decreto 986/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, modificado y completado por el 1487/1994, de 1 de julio:
1. Morata de Tajuña (Madrid), sección de Educación Secundaria Obligatoria/28046297.
2. Villaviciosa de Odón (Madrid), Instituto de Educación Secundaria, «Calatalifa»/28041512.
Segundo.-Los centros públicos que se relacionan a continuación procederán en el curso 1996/97 a la introducción progresiva del Bachillerato, en las modalidades que se indican:
AR / CNS / HCS / T
1. Coria (Cáceres) IES/10007896 / X
2. Tomelloso (Ciudad Real) IES «Francisco García Pavón»/13003130 / X
3. Huesca IES «Piramide»/22002511 / X
4. Alcalá de Henares (Madrid) IES «Antonio Machado»/28000522 / X
5. Torrelaguna (Madrid) IES «Alto Jarama»/28025129 / X
Tercero.-Al Instituto de Educación Secundaria de Andorra (Teruel), Cód. 44004653, se le autoriza a impartir la modalidad de Bachillerato de Tecnología en el curso 1996/97, con carácter provisional, y al Instituto de Educación Secundaria «Augusto González de Linares», de Santander (Cantabria), Cód. 3900887, se le renueva para el curso 1996/97 la autorización que tenía para impartir la modalidad de Bachillerato de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud, igualmente con carácter provisional.
Cuarto.-Quedan autorizados los centros que se relacionan a continuación a impartir, desde el curso 1996/97, los ciclos formativos de Formación Profesional que se indican:
1. Albacete IES número 8/02004941. CGM ADM Gestión Administrativa.
2. Luces-Colunga (Asturias) IES/33004710. CGM ACA Explotaciones Agrarias Extensivas.
3. Gijón (Asturias) IES (ant. IFP número 1)/33020880. CGM HOT Cocina.
4. Gijón-Roces (Asturias) IES/33020041. CGS SSC Animación Sociocultural.
5. Mieres (Asturias) IES «Sánchez Lastra»/33010734. CGS ADM Secretariado. CGS MVA Automoción.
6. Burgos IES «Simón de Colonia»/09001694. CGS INF Desarrollo de Aplicaciones Informáticas. CGM FME Mecanizado.
7. Arnedo (La Rioja) IES «Virgen de Vico»/26000282. CGM TCP Calzado y Marroquinería.
8. Astorga (León) IES «Ricardo Gullón»/24000527. CGM INA Panificación y Repostería.
9. Madrid IES «Las Musas»/28030976. CGM ELE Equipos e Instalaciones Electrotécnicas.
10. CIEZA (Murcia) IES «Los Albares»/30002775. CGM SAN Cuidados Auxiliares de Enfermería. CGS SAN Dietética.
Quinto.-Se anulan las autorizaciones concedidas a los centros públicos que a continuación se relacionan, en la Orden de 15 de marzo de 1996 («Boletín Oficial del Estado» del 26), para impartir las enseñanzas que se indican:
1. Gijón (Asturias) IES «Jovellanos»/33006123. CGS SSC Animación Sociocultural.
2. Luces-Colunga (Asturias) IES/33004710. CGM ACA Explotac. Ganaderas.
3. Viérmoles (Cantabria) IES «M. Gutiérrez Aragón»/39013587. CGS QUI Análisis y Control.
4. Astorga (León) IES «Ricardo Gullón»/24000527. CGM INA Conservería Vegetal, Cárnica y de Pescado.
Sexto.-La efectividad de la implantación de las enseñanzas autorizadas por esta Orden en los centros, llevará implícita la aplicación de lo establecido en los puntos octavo y noveno de la Orden de 15 de marzo de 1996 («Boletín Oficial del Estado» del 26).
Séptimo.-Se autoriza a las Direcciones Generales de Centros Escolares y de Personal y Servicios del Departamento para dictar las instrucciones necesarias y adoptar las medidas oportunas que exijan la implantación o modificación de las enseñanzas que se disponen por la presente Orden.
Lo digo a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 30 de abril de 1996.-P. D. (Orden de 1 de marzo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» del 2), la Directora general de Centros Escolares, Carmen Maestro Martín.
Ilmos. Sres. Directores generales de Centros Escolares, de Formación Profesional y Promoción Educativa, de Renovación Pedagógica, de Personal y Servicios y Directores Provinciales.
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