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Documento BOE-A-1996-12662

Resolución de 7 de mayo de 1996, de la Dirección de Administración de Industria, Energía y Minas, del Departamento de Industrias, Agricultura y Pesca, por la que se autoriza la modificación no sustancial de aprobación de modelo de la balanza electrónica industrial, modelo «NPD», de 60 y 150 kilogramos, fabricada y presentada por la entidad «Dibal, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 135, de 4 de junio de 1996, páginas 18675 a 18675 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma del País Vasco
Referencia:
BOE-A-1996-12662

TEXTO ORIGINAL

Por parte de la empresa «Dibal, Sociedad Anónima», con domicilio en polígono industrial «Neinver», de Derio, territorio histórico de Bizkaia, ha sido presentada, con fecha 26 de enero de 1996, solicitud de modificación no sustancial de aprobación de modelo de una balanza electrónica industrial, modelo «NPD», de 60 y 150 kilogramos, aprobada por Resolución del Centro Español de Metrología de fecha 28 de diciembre de 1992 («Boletín Oficial del Estado» de 24 de febrero de 1993) a favor de «Novatronic, Sociedad Anónima».

Por Resolución de 30 de octubre de 1983, de la Directora de Administración de Industria, Energía y Minas, se autoriza la cesión de «Novatronic, Sociedad Anónima», a favor de «Dibal, Sociedad Anónima», de los derechos referentes a la aprobación de modelo de la báscula «NPD», número de aprobación 92096.

Junto a la solicitud, ha sido presentada la siguiente documentación:

Certificado de aprobación de modelo emitido por el Centro Español de Metrología con fecha 5 de marzo de 1993.

Informe emitido por don Miguel Angel Elorduy Flores, Ingeniero Industrial perteneciente al Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Bizkaia, visado por el citado Colegio con el número 002251 el 25 de agosto de 1992, presentado para la obtención de la aprobación de modelo.

Memoria de la modificación no sustancial propuesta, consistente en la sustitución del teclado de 6 x 4 por otro de 7 x 4, incorporación de display de 8 dígitos de led, modificación del aspecto externo de la carcasa, pintando las partes metálicas, y, opcionalmente, incorporación de impresora térmica.

Con fecha 2 de marzo de 1996, por los Servicios Técnicos correspondientes de la Delegación Territorial de Industria, Agricultura y Pesca en Bizkaia, ha sido emitido informe favorable a la autorización solicitada.

Para la resolución de este expediente, es preciso tener en cuenta los siguientes

Fundamentos de Derecho

1. La Dirección de Administración de Industria, Energía y Minas, Organismo notificado número 0317, es el órgano competente para dictar la presente Resolución, en virtud de lo establecido en el Decreto 81/1995, de 31 de enero, por el que se aprueba la Estructura Orgánica y Funcional del Departamento de Industria, Agricultura y Pesca.

2. La Ley 3/1985, de 18 de marzo, de Metrología, el Real Decreto 89/1987, de 23 de enero, el Real Decreto 1616/1985, de 11 de septiembre, y la Orden del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente de 22 de diciembre de 1994 por la que se regula el control metrológico CEE de los instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, en su disposición transitoria, definen y regulan la tramitación de esta solicitud.

3. En la tramitación de este expediente se han cumplido los requisitos exigidos en la mencionada legislación.

Vistas las disposiciones legales citadas y otras de general y concordante aplicación, resuelvo:

1. Autorizar a favor de la entidad «Dibal, Sociedad Anónima», la modificación no sustancial de aprobación de modelo de la balanza electrónica industrial, clase III, de 60 y 150 kilogramos, modelo «NPD», aprobada por Resolución del Centro Español de Metrología de 28 de diciembre de 1992, con el número 92096, consistente en un cambio a teclado de 7 x 4, incorporación de display de ocho dígitos de led, pintado de las partes metálicas exteriores de la carcasa y, opcionalmente, incorporación de impresora con cabeza térmica.

2. Esta modificación no sustancial de aprobación de modelo se efectúa con independencia de la Resolución de aprobación de modelo de 28 de diciembre de 1992, pudiendo la entidad solicitante seguir fabricando balanzas según el modelo aprobado por la citada Resolución.

3. Esta modificación no sustancial de aprobación de modelo está afectada por los mismos plazos de validez y condicionamientos de la Resolución de aprobación de modelo de 28 de diciembre de 1992.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso ordinario, ante el ilustrísimo señor Viceconsejero de Ordenación y Administración Industrial, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Vitoria-Gasteiz, 7 de mayo de 1996.-La Directora de Administración de Industria, Energía y Minas, María Luisa Fuentes Alfonso.

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