De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla, en sus propios términos estimatorios, la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, en el recurso extraordinario de revisión número 6726/1992, promovido por el Abogado del Estado, contra sentencia de la Sala de igual jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla), pronunciada en el recurso número 4269/1990, interpuesto por don Pedro Moreno Ordóñez, sobre complemento de dedicación especial.
Madrid, 21 de mayo de 1996.-P. D. (81/96), el Secretario general técnico, Diego Chacón Ortiz.
Excmo. Sr. Director general de Personal. Subdirección general de Costes de Personal y Pensiones Militares.
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