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Documento BOE-A-1996-14577

Orden de 3 de junio de 1996 por la que se dispone la publicación para general conocimiento y cumplimiento del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el recurso contencioso-administrativo 8/672/1995, promovido por don José Antonio Santiago Casal.

Publicado en:
«BOE» núm. 151, de 22 de junio de 1996, páginas 20435 a 20435 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1996-14577

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia, con fecha 16 de enero de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 8/672/1995, en el que son partes, de una, como demandante don José Antonio Santiago Casal y, de otra, como demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 4 de diciembre de 1992, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública de fecha 18 de marzo de 1992, sobre compatibilidad de actividades.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos:

Primero.-Desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por José Antonio Santiago Casal, contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de 18 de marzo de 1992, así como la de 4 de diciembre del mismo año, por la que se desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra aquélla, que denegaba la autorización de compatibilidad, solicitada en fecha 12 de junio de 1986, y se le declaraba en situación de excedencia voluntaria prevista en el artículo 29.3.e de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, o en la que correspondiese de acuerdo con la normativa aplicable, por entender que ambas Resoluciones son conformes a Derecho.

Segundo-No hacer expresa declaración en cuanto a costas procesales.»

En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 3 de junio de 1996.-P. D. (Orden de 11 de septiembre de 1992, «Boletín Oficial del Estado» del 22), el Subsecretario, Jaime Rodríguez-Arana Muñoz.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública.

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