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Documento BOE-A-1996-14645

Resolución de 5 de junio de 1996, de la Universidad de Castilla-La Mancha, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, en el recurso promovido por doña Ascensión Palomares Ruiz.

Publicado en:
«BOE» núm. 152, de 24 de junio de 1996, páginas 20476 a 20476 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-1996-14645

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo prevenido en el artículo 105.1, a), de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, viene a acordarse la ejecución en sus propios términos de la sentencia número 316 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, de 17 de mayo de 1996, que es firme, recaída en el recurso interpuesto por doña Ascensión Palomares Ruiz, contra acuerdos de la Universidad de Castilla-La Mancha sobre denegación de prórroga del contrato de Profesor asociado de la recurrente en el departamento de Pedagogía (área de «Didáctica y Organización Escolar) de la Escuela Universitaria de Profesorado de Educación General Básica de Albacete cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Fallamos: Estimamos el recurso interpuesto y anulamos los actos administrativos objeto del presente recurso por resultar contrarios a los derechos fundamentales de la recurrente a la libertad sindical y de acceso a las funciones públicas en condiciones de igualdad y con arreglo a los principios de mérito y capacidad, reconociendo el derecho de la actora, doña Ascensión Palomares Ruiz a no ser discriminada por razón de su actividad sindical y consecuentemente a la renovación de su contrato como Profesora Asociada de la Universidad de Castilla-La Mancha en la Escuela Universitaria de Profesorado de Educación General Básica de Albacete para el presente curso académico, condenando a la Universidad de Castilla-La Mancha a estar y pasar por dicha declaración. Con expresa imposición a la precitada Universidad de las costas procesales del presente recurso.»

En virtud de lo expuesto, este Rectorado, de acuerdo con las competencias que le confiere el artículo 33 de los Estatutos de la Universidad de Castilla-La Mancha, aprobados por Real Decreto 1291/1991, de 2 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del 10), acuerda la ejecución del fallo que se acaba de transcribir en su propios términos, adoptando las medidas necesarias al efecto.

Ciudad Real, 6 de junio de 1996.-El Rector, Luis Arroyo Zapatero.

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