De conformidad con lo establecido en el artículo 2.º del Real Decreto 758/1996, de 5 de mayo, y en el artículo 3.º, 1, c), del Reglamento del Consejo Nacional de Objeción de Conciencia y de la Prestación Social Sustitutoria, aprobado por Real Decreto 266/1996, de 24 de febrero, dispongo que don Juan Ramón García-Rico Martín cese, a petición propia, como Vocal del Consejo Nacional de Objeción de Conciencia, agradeciéndole los servicios prestados.
Madrid, 14 de junio de 1996.
MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
Excmo. Sr. Presidente del Consejo Nacional de Objeción de Conciencia e Ilmo. Sr. Director general de Objeción de Conciencia.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid