Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 19 de abril de 1996, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 2.069/1993, promovido por «Bodegas Franco Españolas, Sociedad Anónima», sobre sanción por infracción a la legislación vigente en materia de vinos con denominación de origen «Rioja», sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador señor Infante Sánchez, en nombre y representación de "Bodegas Franco Españolas, Sociedad Anónima", contra el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, debemos declarar y declaramos parcialmente no ajustadas a derecho las Resoluciones de la Dirección General de Política Alimentaria de 7 de enero de 1992 y del propio Ministerio de fecha 3 de julio de 1992, imponiendo a la recurrente la sanción única de multa por valor de 50.000 pesetas; todo ello sin costas.»
Este Ministerio, ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 19 de junio de 1996.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento y Directora general de Política Alimentaria e Industrias Agrarias y Alimentarias.
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