En el recurso contencioso-administrativo, número 1.765/1993, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Limiñana y Botella, Sociedad Limitada», contra Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 20 de noviembre de 1991 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 26 de abril de 1993, se ha dictado, con fecha 16 de diciembre de 1995, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimamos el recurso formulado por el Letrado don José Ignacio Ochoa Blanco-Recio, en representación de la entidad "Limiñana y Botella, Sociedad Limitada", contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 26 de abril de 1993, que confirmó la concesión del registro de la marca número 1.329.646 (9) "Venis", clase 33, y declaramos la nulidad de dicha Resolución, y el de inscripción de la marca antes referida, por ser esta incompatible con el nombre comercial número 29.619, "Destilerías Tenis-Limiñana y Botella, Sociedad Limitada", marca número 47.555, "Anís Tenis", marca número 268.122, "Destilerías Tenis", marca número 875.278, "Tenis", y marca número 876.011 "Tenis", siendo la resolución administrativa y la concesión de registro anuladas, contrarias a derecho; todo ello sin hacer expresa declaración sobre las costas de este recurso.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de abril de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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