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En el recurso contencioso-administrativo número 1.001/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por «Sociedad Americano Barcelonesa Internacional de Comercio, Sociedad Anónima» contra Resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de julio de 1993 y 25 de mayo de 1994, se ha dictado, con fecha 13 de febrero de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo promovido a nombre de la "Sociedad Americano Barcelonesa Internacional de Comercio, Sociedad Anónima" contra los acuerdos de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 5 de julio de 1993 y 25 de mayo de 1994, éste de repulsa de la reposición formulada contra el primero, denegatorios de la marca "Fitobin", número 1.571.592, clase quinta, relativa a hierbas y plantas medicinales, productos fisoterapéuticos con exclusión de los productos químico y/o químico-farmacéuticos de todo tipo; cuyos acuerdos declaramos conforme a Derecho. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 30 de abril de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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