En el recurso contencioso-administrativo número 1.290/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por «La Bohemia, Sociedad Anónima, Fábrica de Cervezas», contra Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 11 de abril de 1994, se ha dictado, con fecha 14 de febrero de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: En atención a todo lo expuesto, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (Sección Tercera), ha decidido:
Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo, promovido a nombre de la entidad "La Bohemia, Sociedad Anónima, Fábrica de Cervezas" contra el acuerdo de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 11 de abril de 1994, concesionario de la marca mixta número 1.547.335, clase 3.ª, "Bohemia Española", que se encuentra escrita en medio de dos líneas paralelas, que dividen horizontalmente por su centro un rombo vertical, colocada verticalmente, en el centro del rombo y bajo la denominación, puede verse la figura de una copa de pie largo y reborde superior adornado con dos líneas onduladas, relativa a preparaciones para blaquear y otras sustancias para la colada, preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar, jabones y perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello y dentífricos; cuyo acuerdo declaramos conforme a derecho. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 17 de mayo de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid