En el recurso contencioso-administrativo número 324/1993-04, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Tabacalera, Sociedad Anónima», contra la Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 16 de mayo de 1991, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 23 de septiembre de 1992, se ha dictado, con fecha 31 de enero de 1995, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que, estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador señor de Antonio Viscor, en nombre y representación de "Tabacalera, Sociedad Anónima", contra la Resolución del Registro de la Propiedad Industrial, de fecha 16 de mayo de 1991, confirmada en reposición por Resolución de fecha 23 de septiembre de 1992, debemos declarar y declaramos la disconformidad de las mismas con el ordenamiento jurídico anulándolas en consecuencia. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de mayo de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española del Patentes y Marcas.
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