En el recurso contencioso-administrativo número 620/1991, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Chanel, Sociedad Anónima», contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de octubre de 1989, se ha dictado, con fecha 14 de febrero de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso interpuesto por el Procurador señor Rodríguez Montaut, en representación de la entidad "Chanel, Sociedad Anónima", contra la resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de octubre de 1989 que concedió la marca aquí recurrida número 1.188.966/7 "Anthya" para la clase tercera, debemos declarar y declaramos esta resolución ajustada a Derecho. No se hace expresa condena en costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 31 de mayo de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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