En el recurso contencioso-administrativo número 1.384/1993, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Sánchez Romero Carvajal, Jabugo, Sociedad Anónima», contra Resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de junio de 1991 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 26 de febrero de 1993, se ha dictado, con fecha 4 de noviembre de 1995 por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que estimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador don Javier Ungría López, representando a la entidad "Sánchez Romero Carvajal, Jabugo, Sociedad Anónima", contra las denegaciones por la Oficina Española de Patentes y Marcas respecto de la marca número 1.325.409, con la denominación "Sánchez Romero Carvajal Jabugo, Sociedad Anónima", cuyas resoluciones anulamos, ordenando la concesión y registro de la marca referenciada; sin pronunciamiento acerca de las costas procesales.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 14 de junio de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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