Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (Albacete), en el recurso contencioso-administrativo número 730/1993, promovido por don Jaime Torres-Dulce Ruiz y otros, sobre solicitud de ayuda a la producción de oleaginosas; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo número 730/1993, interpuesto por don Jaime Torres-Dulce Ruiz, doña Cristina Torres-Dulce Ruiz, don Carlos Torres-Dulce Ruiz y don Antonio Torres-Dulce Ruiz, debemos declarar y declaramos ajustados a Derecho los actos en él impugnados; todo ello sin costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus propios términos, la precitada sentencia.
Madrid, 10 de enero de 1996.-P. D. (Orden de 14 de marzo de 1995), el Director general de Servicios, José Manuel Sánchez San Miguel.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general del Fondo Español de Garantía Agraria.
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