Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 23 de mayo de 1996, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 1.592/1993, promovido por don Marcelino Ajo Edilla, sobre asignación de cuota de producción láctea; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado señor de la Sierra González, en nombre y representación de don Marcelino Ajo Edilla, contra el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, debemos declarar y declaramos ajustadas a derecho las Resoluciones de la Dirección General de Producción y Mercados Ganaderos de 14 de diciembre de 1992, así como la del propio Ministerio de 30 de julio de 1993; todo ello sin costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 31 de julio de 1996.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.
Ilmos. Sres. Subsecretario del Departamento y Director general de Producciones y Mercados Ganaderos.
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