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Documento BOE-A-1996-19588

Orden de 31 de julio de 1996 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Octava, de la Audiencia Nacional, en recurso contencioso-administrativo número 08/656/95, interpuesto por doña Araceli Prieto Santiago y otros.

Publicado en:
«BOE» núm. 206, de 26 de agosto de 1996, páginas 26195 a 26196 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1996-19588

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 08/656/95, seguido ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Octava, de la Audiencia Nacional, entre doña Araceli Prieto Santiago y otros, contra la Orden del Ministerio de Cultura, de 8 de julio de 1994, ha recaído sentencia, en 14 de mayo de 1996, cuyo fallo es el siguiente:

«Fallamos:

Primero.-Desestimar el recurso contencioso-administrativo promovido por la Procuradora doña Ana Prieto Lara-Barahona, en nombre y representación de doña Araceli Prieto Santiago, doña Consuelo García López, doña Socorro Jiménez Vaquero, doña Rocío Muñoz Gonzalo, doña Julia María Turnay Abad, doña María del Pilar Martín-Palomino Benito, doña María Pilar Bravo Lledo, doña María Elena Rodríguez-Magallanes Latas, doña María del Carmen Valverde Zabaleta, doña María Carmen Concepción Saiz Gómez, doña María Isabel Palomera Parra, doña María Almudena Pedrero Pérez, don José Luis Clares Molero, doña Ana María Concepción Ruiz Pastrana, doña Blanca María Tena Arregui, doña María del Mar Ayuso Herrera, doña María del Carmen Pastor Fuster, doña María Teresa López Fernández, doña María del Carmen López Sanchidrián y de doña Margarita María Candau Pérez, contra la Orden del Ministerio de Cultura, de 8 de julio de 1994, sobre pruebas selectivas, por ser acto recurrido ajustado a derecho.

Segundo.-Desestimar las demás pretensiones deducidas por la parte recurrente.

Tercero.-No procede hacer expresa declaración en materia de costas.»

En virtud de lo cual, este Ministerio dispone que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, que se publique dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», y le comunica que contra la misma ha sido interpuesto recurso de casación por la Procuradora de los recurrentes.

Lo que comunico para su conocimiento y efectos.

Madrid, 31 de julio de 1996.-P. D. (Orden de 17 de junio de 1996), el Subsecretario, Ignacio González González.

Sra. Directora general de Personal y Servicios.

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