En el recurso contencioso-administrativo número 168/1994-04, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por Nabisco Inc., contra Resolución del Registro de la Propiedad Industrial, de 20 de julio de 1992, se ha dictado, con fecha 17 de mayo de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo número 168/1994, interpuesto por el Procurador don Rafael Rodríguez Montaut, en nombre y representación de Nabisco, Inc., contra las Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de 20 de julio de 1992, y publicadas en el "Boletín Oficial de la Propiedad Industrial" el 1 de enero de 1993, concediendo las marcas 1.534.944 y 1.534.945 "Unialco", debemos declarar y declaramos que las resoluciones impugnadas son conformes a Derecho; sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 28 de junio de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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