En el recurso contencioso-administrativo número 2.070/1994, interpuesto por doña María Monserrat Escolar Reina, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia, en 11 de abril de 1996, ha dictado sentencia, cuyo fallo es del siguiente tenor literal:
«Fallamos: I. Estimar parcialmente el presente recurso contencioso-administrativo interpuesto por doña Monserrat Escolar Reina, frente a la Resolución de 25 de mayo de 1994, del Director General de Personal y Servicios del Ministerio de Educación y Ciencia, desestimatoria de la alzada deducida frente a la Resolución de 15 de julio de 1993, actos administrativos que se anulan parcialmente por su disconformidad al Ordenamiento Jurídico en lo aquí discutido.
II. Reconocer el derecho de la actora a que, por el Ministerio de Educación y Ciencia, se le computen los servicios prestados en la Escuela Infantil «Los Dolores» como servicios efectivos prestados en la Enseñanza Pública -subapartados 1.1 y 1.2 del baremo-, asignándosele la puntuación correspondiente, de la que se derivarán los pertinentes efectos.
III. No hacer pronunciamiento sobre costas.»
Dispuesto por Resolución de 24 de junio de 1996 el cumplimiento, en sus propios términos, de la sentencia,
Esta Dirección General ha resuelto dar publicación al mismo para general conocimiento.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 17 de julio de 1996.-La Directora general, Carmen González Fernández.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Gestión de Profesorado de Educación Infantil y Primaria.
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