De conformidad con lo establecido en los artículos 131 y 386 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, según redacción dada por la Ley Orgánica 7/1992, de 20 de noviembre, y en el artículo 28.2.a) y 3.e) del Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, por Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial en su reunión del día 9 de julio de 1996,
Vengo en declarar la jubilación forzosa de don José Antonio de la Campa Cano, Magistrado, con destino en la Sección Decimotercera, Civil, de la Audiencia Provincial de Madrid, por cumplir la edad legalmente establecida el día 25 de septiembre de 1996, con los derechos pasivos que le correspondan, cuya jubilación producirá efectos a partir de la fecha indicada.
Dado en Madrid a 12 de julio de 1996.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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