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Vistos la solicitud presentada por la organización de productores de frutas y hortalizas «Agromañan, Sociedad Cooperativa Limitada», reconocida específicamente para los efectos contemplados en el título II bis del Reglamento (CEE) número 1035/72 del Consejo, de 18 de mayo de 1972 y el informe favorable de las Comunidades Autónomas competentes,
Considerando que en la tramitación del expediente se han observado las disposiciones y requisitos establecidos en el Reglamento (CEE) número 2159/89, de la Comisión, de 18 de julio de 1989, y en la Orden de 18 de julio de 1989, sobre la normativa de aplicación de las ayudas para la mejora de la calidad y de la comercialización de los frutos de cáscara y las algarrobas («ceratonia siliqua L.»),
En consecuencia, a propuesta del Director general de Producciones y Mercados Agrícolas, resuelvo:
Con arreglo a las disposiciones legales anteriormente mencionadas, se aprueba el plan de mejora de la calidad y de la comercialización de frutos de cáscara y algarroba presentado por la organización de productores de frutas y hortalizas «Agromañan, Sociedad Cooperativa Limitada», reconocida específicamente para el sector de frutos de cáscara y algarroba.
Madrid, 13 de septiembre de 1996.
DE PALACIO DEL VALLE-LERSUNDI
Ilmo. Sr. Director general de Producciones y Mercados Agrícolas.
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