Establecida la nueva estructura orgánica del Instituto Nacional del Consumo en el artículo 8 del Real Decreto 1893/1996, de 2 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del 6), teniendo en
cuenta lo dispuesto en el artículo 12 del Real Decreto 825/1980, de 22 de junio, sobre el derecho de representación, consulta y participación de los consumidores y usuarios a través de sus asociaciones en la redacción dada al mismo por el Real Decreto 2211/1995, de 28 de diciembre, dispongo el cese de don Julián Cámara García como Secretario del Consejo de Consumidores y Usuarios, agradeciéndole los servicios prestados.
Madrid, 16 de septiembre de 1996.
ROMAY BECCARÍA
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