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Documento BOE-A-1996-22385

Resolución de 9 de julio de 1996, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, por la que se amplía la Resolución de registro de tipo de fecha 1 de abril de 1996, con contraseña CGD-8001, correspondiente a máquina para la preparación rápida de cafe, fabricada por «Iberital de Recambios, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 245, de 10 de octubre de 1996, páginas 30423 a 30423 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1996-22385

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de la Generalidad de Cataluña, la solicitud presentada por «Iberital de Recambios, Sociedad Anónima», con domicilio social en Riera Blanca, 49 y 55, municipio de Barcelona, provincia de Barcelona, para la ampliación de máquina para la preparación rápida de café, fabricada por «Iberital de Recambios, Sociedad Anónima», en su instalación industrial ubicada en Barcelona, correspondiendo a la contraseña CGD-8001 por Resolución de fecha 1 de abril de 1996;

Resultando que las características, especificaciones y parámetros del nuevo modelo no suponen una variación substancial en relación al modelo registrado;

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto, cuya certificación de conformidad con los requisitos reglamentarios se solicita y que el Laboratorio General de Ensayos e Investigaciones, por certificado de clave 96004271/913, ha hecho constar que el proyecto del tipo o modelo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por el Real Decreto 494/1988, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de aparatos que utilizan gas como combustible, o si procede, por la Orden de 7 de junio de 1988, por la que se aprueba el Reglamento de las ITC para aparatos que utilizan gas como combustible, así como la Norma o Código de diseño indicado y que según el proyecto será el que va a utilizarse en su fabricación.

De acuerdo con lo establecido en la referida disposición, con el Real Decreto 2200/1985, de 28 de diciembre, y con la Orden del Departamento de Industria y Energía de 5 de marzo de 1986, de asignación de funciones en el campo de la homologación y la aprobación de prototipos, tipos y modelos modificada por la Orden de 30 de mayo de 1986, he resuelto:

Autorizar la ampliación de la Resolución de fecha 1 de abril de 1986, con contraseña CGD-8001, de máquina para la preparación rápida de café, a las marcas y modelos originales siguientes:

Marca y modelo: «Iberital de Recambios, Sociedad Anónima», A2 GR-G.

Características:

Primera: Gas natural, gas butano, gas propano.

Segunda: 18, 28, 37.

Tercera: 2,5, 3, 3.

Marca y modelo: «Iberital de Recambios, Sociedad Anónima», P2 GR-G.

Características:

Primera: Gas natural, gas butano, gas propano.

Segunda: 18, 28, 37.

Tercera: 2,5, 3, 3.

siendo las características de los nuevos modelos, objeto de esta ampliación las siguientes:

Características comunes a todas las marcas y modelos

Características:

Primera. Descripción: Tipo de combustible.

Segunda. Descripción: Presión de funcionamiento. Unidades: mbar.

Tercera. Descripción: Consumo calorífico nominal. Unidades: KW.

Valor de las características para cada marca y modelo

Marca y modelo: «Iberital de Recambios, Sociedad Anónima», A 3 GR-G (manual).

Características:

Primera: Gas natural, gas butano, gas propano.

Segunda: 18, 28, 37.

Tercera: 3, 3, 3.

Marca y modelo: «Iberital de Recambios, Sociedad Anónima», P3 GR-G (automático).

Características:

Primera: Gas natural, gas butano, gas propano.

Segunda: 18, 28, 37.

Tercera: 3, 3, 3.

Esta Resolución de ampliación se hace únicamente en relación con el Reglamento de aparatos que utilizan gas como combustible, por consiguiente, con independencia del mismo, tendrá que cumplirse cualquier otro reglamento o disposición que le sea aplicable.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso ordinario ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de recepción de esta Resolución, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 9 de julio de 1996.-El Director general de Consumo y Seguridad Industrial, Albert Sabala i Durán.

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