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Documento BOE-A-1996-2247

Resolución de 15 de diciembre de 1995, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso contencioso-administrativo número 631/1993, promovido por «Aznar, Sociedad Anónima».

Publicado en:
«BOE» núm. 29, de 2 de febrero de 1996, páginas 3600 a 3600 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1996-2247

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 631-1993, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por «Aznar, Sociedad Anónima», contra resolución del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de marzo de 1992 y de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 6 de abril de 1993, se ha dictado, con fecha 13 de febrero de 1995, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad mercantil «Aznar, Sociedad Anónima», domiciliada en Villafranca del Cid (Castellón de la Plana), contra la nota resolutoria de fecha 5 de marzo de 1992, del Registro de la Propiedad Industrial, por la que se concedió la inscripción de la marca denominativa número 1.501.939, "Maricler", para distinguir productos de la clase 28 del Nomenclátor oficial, en concreto, Juegos y juguetes, muñecos y muñecas, a favor de la entidad mercantil "Jesmar, Sociedad Anónima", domiciliada en Biar (Alicante), así como contra la resolución de fecha 6 de abril de 1993, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la que se acordó la desestimación del recurso de reposición interpuesto por la primera empresa contra dicha nota resolutoria de concesión de inscripción de marca, debemos anular y anulamos las resoluciones registrales impugnadas, por no ser las mismas conformes con el ordenamiento jurídico; y, en consecuencia de dicha anulación, acordamos la cancelación de la referida inscripción de marca, número 1.501.939, "Maricler". Todo ello, sin que proceda hacer especial pronunciamiento en cuanto a costas procesales.»

En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».

Lo que comunico a V. S.

Madrid, 15 de diciembre de 1995.-El Director general, Julián Alvarez Alvarez.

Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.

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