En el recurso contencioso-administrativo número 1.395/1994, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña por doña Montserrat Sacristán Gómez contra resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de 12 de mayo de 1993 y 11 de mayo de 1994, se ha dictado, con fecha 7 de mayo de 1996, por el citado Tribunal, sentencia, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallo: En atención a lo expuesto la Sala ha decidido desestimar la demanda interpuesta por doña Montserrat Sacristán Gómez contra las resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas recogidas en el fundamento jurídico primero. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 13 de septiembre de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez. Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
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