En el recurso contencioso-administrativo número 1.549/1989/03, interpuesto ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por Empresa Cubana del Tabaco (CUBATABACO) contra resoluciones del Registro de la Propiedad Industrial de 5 de abril de 1988 y 2 de enero de 1990, se ha dictado, con fecha 8 de mayo de 1991, por el citado Tribunal, sentencia, confirmada por el Tribunal Supremo en grado de apelación, cuya parte dispositiva es como sigue:
«Fallamos: Que desestimando el recurso interpuesto por el Procurador don Antonio Barreiro-Meiro Barbero, en nombre y representación de la Empresa Cubana del Tabaco (CUBATABACO), contra la resolución del Registro de la Propiedad Industrial de fecha 5 de abril de 1988, confirmada en reposición por resolución de fecha 2 de enero de 1990, debemos declarar y declaramos la conformidad de las mismas con el ordenamiento jurídico, confirmándolas en consecuencia. Sin costas.»
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia y se publique el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 13 de septiembre de 1996.-El Director general, Julián Álvarez Álvarez.
Sr. Secretario general de la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid