Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 2 de febrero de 1994, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 942/1991, promovido por don Vidal Rodríguez Herrero y otros, sobre subvención a reconversión de tabaco; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que estimando el presente recurso contencioso-administrativo, interpuesto por el Procurador don Juan Antonio García San Miguel y Orueta, en nombre y representación de don Vidal Ángel Rodríguez Herrero, don Joaquín Martín Calderón, doña Ángela Santos Mateo y doña Segunda Mateo Pérez, contra las resoluciones presuntamente desestimatorias, por silencio negativo, del Director de la Agencia Nacional de Tabaco, de las pretensiones de las actoras de abono de subvención, anulamos las resoluciones citadas por no ser conformes al ordenamiento jurídico y declaramos el derecho de cada uno de los recurrentes a percibir, por la campaña 1989-1990 la subvención de 120 pesetas por kilogramo de tabaco reconvertido a "Virginia" y condenamos a la Administración a abonarles dichas subvenciones, sin intereses. No hacemos expresa condena de costas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus propios términos, la precitada sentencia.
Madrid, 30 septiembre de 1996.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director General del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).
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