Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con fecha 23 de febrero de 1996, sentencia firme, en el recurso contencioso-administrativo número 1.668/1994, promovido por don Ángel Urraco Bullido, sobre valoración de trienios; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Ángel Urraco Bullido, contra la Orden del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación de 16 de junio de 1994, que desestimó el recurso de reposición deducido por el actor frente a los actos administrativos por los que se le abonan los trienios con arreglo al grupo al que pertenecía cuando perfeccionó cada uno de ellos, en lugar de percibirlos en la cuantía correspondiente al grupo de actual pertenencia, debemos declarar y declaramos la mencionada resolución ajustada a Derecho; sin hacer expresa imposición de las costa causadas.»
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus propios términos, la precitada sentencia.
Madrid, 30 de septiembre de 1996.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.
Ilmo. Sr. Subsecretario.
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