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Documento BOE-A-1996-23083

Resolución de 15 de septiembre de 1996, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se prorroga la homologación del Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero de Pasajes, para impartir cursos de especialidad marítima.

Publicado en:
«BOE» núm. 253, de 19 de octubre de 1996, páginas 31379 a 31379 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1996-23083

TEXTO ORIGINAL

Recibida en el Ministerio de Fomento la documentación presentada por don José Ignacio Espel Fernández, en solicitud de prórroga de homologación del Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero de Pasajes, para impartir curso de especialidad.

Vistas las Órdenes de 16 de octubre de 1990 («Boletín Oficial del Estado» número 278) por la que se establecen los cursos de especialidad marítima, la Orden de 17 de mayo de 1971 («Boletín Oficial del Estado» número 137) por la que se establece el certificado de Observador Radar, y la Orden de 30 de noviembre de 1993 («Boletín Oficial del Estado» número 300) por la que se establecen los certificados de Operador General y Restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima,

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.-Prorrogar la homologación del Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero de Pasajes para impartir los cursos de especialidad marítima:

Cursos de especialidad de Observador Radar de Punteo Automático (ARPA).

Cursos de Observador de Radar.

Cursos de Operador General del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima (SMSSM).

Cursos de Operador Restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima (SMSSM).

Segundo.-Esta prórroga de homologación tendrá validez por dos años a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», pudiendo prorrogarse por períodos iguales, siempre que se solicite por el interesado antes de la fecha de su expiración.

Tercero.-Quince días antes de la celebración de cada curso, el Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero de Pasajes solicitará la autorización de la Dirección General de la Marina Mercante, Subdirección General de Inspección Marítima, acompañando a esta solicitud de autorización currículum profesional de los profesores que impartan los cursillos, así como fechas, lugares y horarios de los mismos.

Cuarto.-El personal marítimo, que haya finalizado con aprovechamiento los cursillos impartidos por el Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero, siempre que los planes de estudios y las prácticas se acomoden a los contenidos en la Orden que regulan estos cursos, podrán canjear el certificado extendido por el centro por el que expide la Dirección General de la Marina Mercante (Subdirección General de Inspección Marítima).

Quinto.-Al objeto de comprobar que el desarrollo de los cursos se lleva a cabo con los planes aprobados por la Subdirección General de Inspección Marítima, ésta efectuará inspecciones periódicas.

Lo que comunico a V. I. para conocimiento y efectos.

Madrid, 15 de septiembre de 1996.-El Director general, Pedro Anatael Meneses Roqué.

Ilmo. Sr. Subdirector general de Inspección Marítima.

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