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Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (Sevilla), con fecha 27 de enero de 1996, sentencia firme en el recurso contencioso-administrativo número 1.287/1994, promovido por don Lucas Martínez Alonso, sobre sanción por infracción en materia de pesca marítima; sentencia cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos: Que estimando parcialmente el recurso formulado por el señor Martínez Alonso, contra los actos administrativos sancionadores, descritos en nuestro primer fundamento, declaramos tales actos conformes con el ordenamiento jurídico, excepto en lo referente a la existencia de infración por desobediencia que se sancionará, al ser leve, con multa de 50.000 pesetas. Sin costas.»
Este Miniterio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios términos la precitada sentencia.
Madrid, 8 de octubre de 1996.-P. D. (Orden de 3 de junio de 1996), el Jefe del Gabinete Técnico de la Subsecretaría, Alberto Romero de la Fuente.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Secretario general de Pesca Marítima.
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