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Documento BOE-A-1996-23608

Orden de 11 de octubre de 1996 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el recurso contencioso-administrativo 903/93, promovido por don José María Gorraiz Irizar.

Publicado en:
«BOE» núm. 258, de 25 de octubre de 1996, páginas 32243 a 32243 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1996-23608

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha dictado sentencia, con fecha 15 de febrero de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 903/93, en el que son partes, de una, como demandante, don José María Gorráiz Irízar, y de otra, como demanda, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fecha 8 de noviembre de 1993, que desestimaba el recurso ordinario interpuesto contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, de fecha 7 de julio de 1993, sobre reintegro de gastos por asistencia sanitaria.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Letrado don Diego Yeste López, actuando en nombre y representación de don José María Gorráiz Irízar, contra la Resolución de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, de 7 de julio de 1993, que denegó su petición de reintegro de gastos médicos por importe de 432.679 pesetas, así como contra la de la Subsecretaría del Ministerio para las Administraciones Públicas, de 8 de noviembre de 1993, por la que se desestimó el recurso ordinario formalizado contra la misma, debemos anular y anulamos dichas resoluciones por contrarias a Derecho; reconociendo en su lugar el que asiste al recurrente para ser reintegrado de los gastos médicos que reclama por un importe total de 432.679 pesetas, a cuyo pago viene obligada la Administración. Todo ello sin hacer expresa imposición de costas.»

En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 11 de octubre de 1996.-El Ministro de Administraciones Públicas.-P. D. (Orden de 27 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado.

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