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Documento BOE-A-1996-23914

Resolución de 16 de octubre de 1996, de la Delegación del Gobierno en «Telefónica de España, Sociedad Anónima», por la que se ordena la publicación de dos Resoluciones dictadas por la citada Delegación, con fechas 28 de marzo y 8 de octubre de 1996, por las que se autoriza a «Telefónica de España, Sociedad Anónima», a realizar determinados cambios en el Plan de Numeración del Servicio Telefónico Básico, así como fijar la fecha de efectividad del cambio a nueva cifra en las llamadas interprovinciales del servicio telefónico de la provincia de Zaragoza.

Publicado en:
«BOE» núm. 262, de 30 de octubre de 1996, páginas 32538 a 32539 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1996-23914
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1996/10/16/(2)

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 28 de marzo de 1996 se dictó, por esta Delegación del Gobierno, Resolución autorizando a Telefónica de España para realizar determinados cambios en el Plan de Numeración del Servicio Telefónico Básico.

Posteriormente, con fecha 8 de octubre de 1996 se dictó igualmente, por esta Delegación del Gobierno, Resolución fijando la fecha de efectividad del cambio a nueve cifras en las llamadas intraprovinciales del servicio telefónico en la provincia de Zaragoza.

Habida cuenta de la importancia de ambas Resoluciones y de las implicaciones que pueden derivar tanto para los abonados al servicio telefónico como para los proveedores de servicios de uso público y fabricantes de equipos, se considera la necesidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

En consecuencia, resuelvo:

Que se proceda a la publicación de las dos Resoluciones dictadas por esta Delegación del Gobierno con fechas 28 de marzo y 8 de octubre de 1996 por las que se autoriza a «Telefónica de España, Sociedad Anónima», a realizar determinados cambios en el Plan de Numeración del Servicio Telefónico Básico, así como fijar la fecha de efectividad del cambio a nueva cifra en las llamadas intraprovinciales del servicio telefónico en la provincia de Zaragoza, cuyos textos figuran como anexo a esta Resolución.

Madrid, 16 de octubre de 1996.-El Delegado del Gobierno, Valentín Sanz Caja.

ANEXO

«Telefónica de España, Sociedad Anónima» (en adelante Telefónica), concesionaria del Servicio Telefónico Básico, se dirigió a la Administración de Telecomunicaciones mediante escrito de 2 de noviembre de 1995 informando de su intención de llevar a cabo algunas actuaciones en el ámbito de la numeración, entre las cuales se cita el paso a marcación local de nueve cifras en la provincia de Zaragoza. La justificación de esta necesidad se fundamenta en la extrema escasez de este recurso.

Por otra parte, con objeto de dar cumplimiento a la Decisión del Consejo de 11 de mayo de 1992, relativa a la introducción de un prefijo común de acceso a la red telefónica internacional de la Unión Europea, Telefónica alega la conveniencia de trasladar los servicios especiales, actualmente en el rango XY?, al segmento Y', lo que a su vez implica la necesidad de modificar los números de abonado que comienzan con las cifras y que aún continúan en servicio.

Ambas iniciativas se encuadran dentro de una estrategia global que culminará con la implantación de un Nuevo Plan de Numeración.

El artículo 28.2 de la Ley 31/1987, de Ordenación de las Telecomunicaciones, modificada por la Ley 32/1992, establece que la Administración se reserva la competencia en la determinación de las condiciones que permitan la interconexión de las redes y la prestación óptima de los servicios.

Igualmente, la cláusula decimotercera del contrato regulador de la concesión para la prestación de los servicios finales y portadores entre la Administración del Estado y Telefónica cita, entre las atribuciones del Delegado del Gobierno en Telefónica, las competencias que en el artículo 28 de la Ley 31/1987, de Ordenación de las Telecomunicaciones, se asignaban al extinto Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones, actualmente de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, respecto a las inversiones y a la ejecución de los planes de Telefónica.

En base a lo anteriormente indicado, una vez analizada la citada documentación así como la información complementaria suministrada por Telefónica a requerimiento de la Administración, y habida cuenta de las posibilidades técnicas del actual Plan de Numeración, cuya estructura del número nacional significativo es XYABMCDU, resuelvo:

Primero.-Se autoriza a Telefónica a implantar, en la zona de numeración telefónica correspondiente a la provincia de Zaragoza, la marcación local a nueve cifras, incluidos el prefijo interurbano y el indicativo nacional del destino , quedando en reserva para futuras asignaciones por parte de la Administración el espacio público de numeración determinado por el valor de la cifra A del número nacional significativo. Telefónica comunicará a esta Delegación del Gobierno, con una antelación mínima de cinco meses, la fecha y hora exacta de implantación.

Segundo.-Telefónica tomará las medidas necesarias para posibilitar, durante, al menos, un mes a partir de la fecha de implantación, la marcación en paralelo mediante los procedimientos de seis y nueve cifras en la zona geográfica a la que se refiere el artículo primero. Transcurrido este período se habilitarán las locuciones informativas pertinentes por un período de tres meses.

Tercero.-En relación con los cambios a que se refiere el artículo primero, Telefónica acometerá una amplia campaña informativa en la provincia de Zaragoza durante, al menos, los tres meses previos a la fecha de implantación y al mes posterior a la misma, con la utilización, en la medida que sea conveniente, de los medios de comunicación social.

Cuarto.-Las modificaciones que se hubiesen de realizar en los equipos terminales, con motivo del paso a nueve cifras en la zona geográfica a la que se refiere el artículo primero, serán a cargo de sus propietarios. Con tal fin Telefónica queda obligada a proporcionar la información adecuada a las partes afectadas, a solicitud de las mismas.

Quinto.-Se autoriza a Telefónica a cambiar en todo el territorio nacional aquellos números del servicio telefónico que comiencen con las cifras debiendo comunicar a los usuarios afectados el nuevo número con una antelación mínima de tres meses. A partir del momento de los cambios se habilitarán en la red locuciones informativas sobre los nuevos números durante un período de tres meses.

Sexto.-La Administración se reserva la posibilidad de modificar los términos de las autorizaciones a que se refiere la presente Resolución cuando lo exijan razones de interés general, en particular cuando sea necesario para garantizar la competencia efectiva de los servicios. La modificación de estas circunstancias no dará derecho a indemnización de daños y perjuicios por parte de la Administración.

Séptimo.-Contra la presente Resolución cabe interponer recurso ordinario ante la Secretaría General de Comunicaciones, en el plazo de un mes desde su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 28 de marzo de 1996.-El Delegado del Gobierno, Reinaldo Rodríguez Illera.

Mediante Resolución de esta Delegación del Gobierno en «Telefónica de España, Sociedad Anónima», de 28 de marzo de 1996, se autoriza a la compañía a realizar determinados cambios en el Plan de Numeración del Servicio Telefónico Básico, entre los cuales se incluye el paso a nueve cifras en la marcación de llamadas intraprovinciales en la provincia de Zaragoza.

El apartado primero de dicha Resolución establece que Telefónica deberá comunicar a esta Delegación del Gobierno en la compañía, con una antelación mínima de cinco meses, la fecha y hora exactas de implantación de la mencionada modificación.

En cumplimiento de dicha Resolución, Telefónica comunicó que el cambio de la numeración a realizar en la provincia de Zaragoza se ha programado para que tenga efectividad a partir de la una horas del día 8 de febrero de 1997, manteniéndose la posibilidad de marcación en paralelo de seis o nueve cifras en las llamadas intraprovinciales hasta la una horas del día 8 de marzo de 1997, y continuando con locuciones informativas para llamadas erróneas hasta el día 8 de junio de 1997.

En base a lo anteriormente indicado, una vez analizada la documentación suministrada por Telefónica, resuelvo:

Primero.-Fijar el día 8 de febrero de 1997, a la una horas, como fecha de efectividad para implantar el cambio de numeración de seis a nueve cifras en las llamadas intraprovinciales del servicio telefónico en la provincia de Zaragoza, autorizado por Resolución de esta Delegación del Gobierno en Telefónica de 28 de marzo de 1996.

Segundo.-Contra la presente Resolución cabe interponer recurso ordinario ante la Secretaría General de Comunicaciones, en el plazo de un mes desde su notificación, de acuerdo con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 8 de octubre de 1996.-El Delegado del Gobierno, Valentín Sanz Caja.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 16/10/1996
  • Fecha de publicación: 30/10/1996
Referencias anteriores
Materias
  • Telefónica de España SA
  • Teléfonos

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