Contido non dispoñible en galego
De conformidad con lo establecido en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional (Sección 5.ª) dictada en el recurso número 1.118/1992, interpuesto por don Enrique Núñez Gómez, sobre expediente de inutilidad física.
Madrid, 16 de octubre de 1996.-El Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.
Excmo. Sr. Director general de la Guardia Civil.
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