La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 7 de junio de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 3/958/1994, en el que son partes, de una, como demandante, doña María Ángeles Jiménez Braojos, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 13 de diciembre de 1993, sobre compatibilidad.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallo:
Primero.-Desestimar el presente recurso número 958/1994, interpuesto el Procurador señor Requejo Calvo, en la representación que ostenta, contra la resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de 13 de diciembre de 1993, que deniega la compatibilidad entre el puesto de Médico Especialista de Análisis Clínicos en el ambulatorio de la Seguridad Social "Hermanos Sangro" de Madrid y su actividad privada como Farmacéutico titular de oficina de farmacia en Fuenlabrada, resolución que se confirma por ser conforme al ordenamiento jurídico.
Segundo.-No hacer expresa imposición de costas.»
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 17 de octubre de 1996.-P. D. (Orden de 27 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública.
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