La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, ha dictado sentencia, con fecha 29 de mayo de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 3/1415/1994, en el que son partes, de una, como demandante, don Francisco Javier Iglesias Peláez, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública de fecha 14 de abril de 1994, sobre compatibilidad.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Primero.-Estimar el recurso número 1415/1994, interpuesto por don Francisco Javier Iglesias Peláez, contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de 14 de abril de 1994, la que anulamos por no ser conforme al ordenamiento jurídico, declarando el derecho del recurrente a compatibilizar las actividades de Inspector Jefe en la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Zamora con la de Profesor Asociado en la Escuela de Graduados Sociales de dicha ciudad conforme había solicitado.
Segundo.-No hacer una expresa condena en costas.»
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 30 de octubre de 1996.-P. D. (Orden de 27 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública.
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