En uso de las facultades conferidas por la Orden de 26 de marzo de 1992, por la que se regula la concesión de becas y ayudas de formación, investigación, intercambio, promoción y de viajes y estancia, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, esta Presidencia, en virtud de las competencias atribuidas en el artículo 6.º del Real Decreto 1527/1988, ha resuelto:
Primero.-Revocar la beca a los estudiantes que a continuación se relacionan, de acuerdo con lo establecido en la Resolución de 14 de febrero de 1995, de Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se aprueba la convocatoria general de becas y ayudas del Instituto de Cooperación con el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo (ICMAMPD) anexo B, capítulo I («Boletín Oficial del Estado» de 3 de marzo de 1995), y en la Resolución de Presidencia de la AECI de 6 de octubre de 1995 («Boletín Oficial del Estado» de 13 de noviembre), por la que se aprueba la concesión de las mismas.
Camerún
Marcos Suka-Umu Suka.-Rendimiento académico insatisfactorio, requisito para obtener la renovación de la beca, reflejado en la convocatoria general de becas y ayudas, anexo B, condiciones generales, séptimo.
Sudáfrica
Alexandra Boyle.-Incumplimiento de las obligaciones reflejadas en la convocatoria general de becas y ayudas, anexo B, condiciones generales, tercera.
Segundo.-Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de las becas revocadas en esta Resolución, en los términos previstos en la citada Orden de 26 de marzo de 1992.
Madrid, 10 de enero de 1996.-La Presidenta, Ana María Ruiz-Tagle Morales.
Ilmos. Sres. Director general del Instituto de Cooperación con el Mundo Arabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo y Secretaría general de la Agencia Española de Cooperación Internacional.
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