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Documento BOE-A-1996-26490

Resolución de 18 de octubre de 1996, de la Dirección General de Cultura de la Consejería de Educación y Cultura, por la que se incoa expediente para declarar bien de interés cultural, con la categoría de monumento, el inmueble correspondiente a la iglesia de San Marcos, localizado en Toledo.

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 26 de noviembre de 1996, páginas 35705 a 35706 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Referencia:
BOE-A-1996-26490

TEXTO ORIGINAL

Vista la propuesta formulada por los servicios técnicos correspondientes, esta Dirección General de Cultura ha acordado:

Primero.-Incoar expediente para declarar de bien de interés cultural, con la categoría de monumento, el inmueble que se describe en el anexo.

Segundo.-Disponer la apertura de un período de información pública, a fin de que todos cuantos tengan interés en el asunto, puedan examinar el expediente y alegar lo que consideren oportuno, durante el plazo de veinte días hábiles siguientes a la publicación de la presente Resolución, en las dependencias de esta Dirección General de Cultura (plaza del Cardenal Silíceo, sin número, Toledo), y ello de conformidad con lo establecido en el artículo 86 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Tercero.-Continuar la tramitación del expediente, de acuerdo con las disposiciones en vigor.

Cuarto.-Hacer saber al Ayuntamiento de Toledo que, según lo dispuesto en los artículos 11 y 16 de la Ley 16/1985, del Patrimonio Histórico Español, las obras que hayan de realizarse en dicho inmueble o en su entorno no podrán llevarse a cabo sin aprobación previa del proyecto correspondiente, por el órgano autonómico con competencia en la materia (comisión del Patrimonio Histórico respectiva o, en su caso, esta propia Dirección General de Cultura).

Quinto.-Notificar el presente acuerdo a los interesados; así como al Registro General de Bienes de Interés Cultural, para su anotación preventiva.

Sexto.-Promover la publicación del presente acuerdo en el «Diario Oficial de Castilla-La Mancha» y en el «Boletín Oficial del Estado», a efectos de lo dispuesto en los artículos 59, apartados 4 y 5, y 60 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Toledo, 18 de octubre de 1996.-La Directora general de Cultura, María Ángeles Díaz Vieco.

ANEXO

Descripción histórico-artística

La antigua iglesia del convento de la Santísima Trinidad, que es lo que se conserva hoy en día, se levanta de nueva planta, durante el siglo XVII.

Las obras empezaron en 1628, según trazas de Jorge Manuel Theotocópuli, por entonces, maestro mayor de la Catedral, del Alcázar y del Ayuntamiento de Toledo. Ajeno y anterior a la obra del templo propiamente dicho, a los pies del muro del evangelio del mismo, se sitúa un pórtico o anteiglesia, con el único acceso desde el exterior y la espadaña. Esta última, toda en ladrillo visto, es obra de 1622, trazada y ejecutada por Francisco de Espinosa, maestro de obras y alarife municipal. El mencionado acceso, desde el exterior, se efectúa a través de una portada-retablo en piedra, realizada en torno a 1620.

Respecto a la fábrica general de la iglesia, sabemos que hasta 1666 no se trabaja en la capilla mayor, y que hacia 1693 se concluye la cúpula que se levanta sobre el tramo central del transepto.

Como partes anejas a la fábrica principal, las dos capillas absidiales, a ambos lados del presbiterio, una decoración a base de pequeñas ménsulas o modillones pareados, extraños a la arquitectura toledana de la época.

Como parte importante de la iglesia, y ajeno a la traza general de la misma, se encuentra un importante voladizo, cuyos elementos decorativos se disponen sobre la nave central, base del amplio coro, en alto, situado a los pies del templo.

La iglesia presenta una planta rectangular con irregularidades; los pies de la misma quedan configurados en forma inclinada, con sucesivos retranqueamientos, desde una capilla situada a los pies de la nave de la epístola, a modo de anteiglesia, donde se sitúan la portada y la espadaña.

La iglesia consta de tres naves, la central es muy ancha, ocupa prácticamente el doble de espacio que las laterales. El crucero, que no sobresale en planta, es de anchura semejante a la nave central. El presbiterio es poco profundo y ligeramente elevado, respecto al transepto. El coro es amplio y se localiza en alto a los pies del templo.

El interior de la iglesia es amplio y diáfano y en él predominan las cubiertas abovedadas. Exteriormente presenta pocos vanos, así como unos perfiles rectilíneos y acusados; se destacan, por su amplitud y altura, la nave central, el crucero y el cimborrio exterior, cubierto con pizarra, que enmascara la cúpula.

Objeto de la declaración

Inmueble correspondiente a la iglesia de San Marcos, localizado en Toledo.

Área de protección

Vendría definida por:

Manzana: 23260, parcelas 2, 3, 4, 5 y 6 completas.

Manzana: 24260, parcelas 10, 2, 3, 6 y 7 completas.

El área de protección afecta, asimismo, a todos los espacios públicos contenidos por la línea que bordea el perímetro exterior de las citadas manzanas y parcelas y las une entre sí.

Se juzga necesario posibilitar el control administrativo establecido en la legalidad de Patrimonio Histórico, sobre el área de protección señalada, en razón de que cualquier intervención en ella se considera susceptible de afectar, negativamente, a la conservación o a la contemplación del bien objeto de tutela.

Todo ello según plano adjunto.

(PLANO OMITIDO)

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