La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con fecha 26 de julio de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 3/1642/1992, en el que son partes, de una, como demandante, don Carlos García Copeiro del Villar, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.
El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas de fecha 4 de mayo de 1992, que desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra la Orden del propio Departamento y la Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de fechas 28 de noviembre y 20 de diciembre de 1991, respectivamente, sobre integración en Cuerpos de Tecnologías de la Información.
La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:
«Fallamos: Primero.-Que debemos desestimar y desestimamos el presente recurso número 3/1642/1992, interpuesto por la representación de don Carlos García Copeiro del Villar, contra las Resoluciones del Ministerio para las Administraciones Públicas descritas en el primer fundamento de derecho, que se confirman por ajustarse al ordenamiento jurídico.
Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas.»
En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.
Lo que digo a VV. II.
Madrid, 13 de noviembre de 1996.-P. D. (Orden de 27 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública.
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