Visto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, con sede en Valencia, el recurso número 2/1279/1994, interpuesto por don Francisco Mínguez Mínguez, contra la Resolución de 8 de febrero de 1994 del entonces Director general de Administración Penitenciaria, dictada por delegación del Subsecretario del Departamento, sobre traslado e indemnizaciones debido al cierre del establecimiento penitenciario de hombres de Valencia, la citada Sala de lo Contencioso-Administrativo (Sección Segunda) del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, con sede en Valencia, ha dictado sentencia de 28 de junio de 1996, cuya parte dispositiva dice así:
«Fallamos:
Primero.-Desestimamos la inadmisión del recurso postulada por la Administración demandada.
Segundo.-Estimar, parcialmente, el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Francisco Mínguez Mínguez, contra la Resolución de la Dirección General de Administración Penitenciaria en materia de indemnización por traslado al centro penitenciario de Picassent.
Tercero.-Declarar que dichos actos son contrarios al ordenamiento jurídico, anulándolos y dejándolos sin efecto, debiendo declararse que el traslado tiene el carácter de forzoso, rechazándose las demás peticiones formuladas.
Cuarto.-No hacer pronunciamiento expreso en materia de costas.»
En su virtud, esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 103 y siguientes de la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto se cumpla en sus propios términos la expresada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 11 de noviembre de 1996.-El Director general, Ángel Yuste Castillejo.
Ilmo. Sr. Subdirector general de Personal de Instituciones Penitenciarias.
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