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Documento BOE-A-1996-2725

Orden de 12 de enero de 1996 por la que se concede la prórroga de autorización provisional, por un año, de las enseñanzas del primero y/o segundo ciclos de Educación Secundaria Obligatoria, a los centros que se relacionan en el anexo de dicha Orden.

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 8 de febrero de 1996, páginas 4508 a 4508 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1996-2725

TEXTO ORIGINAL

La disposición transitoria tercera, 4, de la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo y la disposición transitoria séptima del Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio («Boletín Oficial del Estado» del 26), establece que los centros de Formación Profesional de primer grado con autorización o clasificación definitiva y los centros concertados de Bachillerato clasificados como homologados podrán ser autorizados provisionalmente, por necesidades de escolarización, para impartir el segundo ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria. La disposición transitoria séptima citada establece igualmente que esta autorización se otorgará por dos años y se prorrogará año a año mientras se mantengan las necesidades de escolarización.

En aplicación de las normas mencionadas, por Ordenes de 10, 21 y 24 de julio de 1992, se concedió la autorización provisional de impartición de las enseñanzas del segundo ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria a los centros de Bachillerato y de Formación Profesional que se indican. Posteriormente, por Orden de 1 de julio de 1994, se concedió la prórroga de autorización provisional, para la impartición de dichas enseñanzas, autorización que resulta necesario mantener al seguir existiendo las necesidades de escolarización que la motivaron.

Por todo lo cual, este Ministerio, en virtud de lo establecido en la disposición transitoria séptima del Real Decreto 1004/1991 y en el artículo 21 del Real Decreto 986/1991, de 14 de junio («Boletín Oficial del Estado» del 25), por el que se aprueba el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, ha resuelto:

Conceder la prórroga de autorización provisional, por un año, de las enseñanzas del primero y/o segundo ciclos de Educación Secundaria Obligatoria, a los centros que se relacionan en el anexo.

La presente autorización se notificará de oficio al Registro de Centros a los efectos oportunos.

Los centros autorizados quedan obligados al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.

Contra la presente resolución, los interesados podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio, de acuerdo con los artículos 37.1 y 58 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956 y el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 12 de enero de 1996.-P. D. (Orden de 26 de octubre de 1988, «Boletín Oficial del Estado» del 28), el Secretario de Estado de Educación, Alvaro Marchesi Ullastres.

Ilma. Sra. Directora general de Centros Escolares.

ANEXO

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional de primero y segundo grados.

Denominación específica: OPESA.

Titular: «Organización Profesional Española, Sociedad Anónima».

Domicilio: Calle Ayala, número 111.

Localidad: Madrid.

Municipio: Madrid.

Provincia: Madrid.

Enseñanzas que se autorizan: Educación Secundaria Obligatoria, segundo ciclo.

Capacidad: Dos unidades y 60 puestos escolares.

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional de primero y segundo grados.

Denominación específica: «Padre Piquer».

Titular: Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid.

Domicilio: Calle Cañaveral, número 96.

Localidad: Madrid.

Municipio: Madrid.

Provincia: Madrid.

Enseñanzas que se autorizan: Educación Secundaria Obligatoria, primero y segundo ciclos.

Capacidad: Siete unidades y 210 puestos escolares de primer ciclo y 10 unidades y 300 puestos escolares de segundo ciclo.

Denominación genérica: Centro de Formación Profesional de primero y segundo grados.

Denominación específica: «Santa Bárbara».

Titular: Cooperativa de Enseñanza San Andrés y Santa Bárbara.

Domicilio: Plaza de la Paja, número 4.

Localidad: Madrid.

Municipio: Madrid.

Provincia: Madrid.

Enseñanzas que se autorizan: Educación Secundaria Obligatoria, segundo ciclo.

Capacidad: Cuatro unidades y 120 puestos escolares.

Denominación genérica: Centro de Bachillerato.

Denominación específica: «Covadonga».

Titular: Fundación Hogar del Empleado.

Domicilio: Calle Cadarso, número 18.

Localidad: Madrid.

Municipio: Madrid.

Provincia: Madrid.

Enseñanzas que se autorizan: Educación Secundaria Obligatoria, segundo ciclo.

Capacidad: Siete unidades y 210 puestos escolares.

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