Visto el expediente de indulto de don Rodrigo Martínez de la Ossa Fernández, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 4 de Málaga, en sentencia de fecha 20 de abril de 1994, como autor de un delito de falsedad documental, a la pena de dos años cuatro meses y un día de prisión menor y multa de 30.000 pesetas, y otro delito de apropiación indebida, a la pena de tres meses de arresto mayor, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1992; a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de noviembre de 1996,
Vengo en conmutar a don Rodrigo Martínez de la Ossa Fernández las penas privativas de libertad impuestas por otra de un año de prisión, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en sentencia en el plazo que determine el Tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrid a 8 de noviembre de 1996.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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