Para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha de 8 de octubre de 1996, por el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el recurso contencioso-administrativo número 944/1992, promovido por don Santiago Delgado Callao, contra resolución presunta de este Ministerio desestimatoria por silencio administrativo del recurso de reposición formulado sobre la no adjudicación de una plaza de Urólogo en Baleares, que el recurrente había solicitado, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Estimando en lo sustancial el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador señor De Francisco Simón, en nombre y representación de don Santiago Delgado Callao, contra la resolución referida en el primer fundamento, anulamos la misma por no ser ajustado a derecho y debemos declarar y declaramos el derecho del recurrente a que se resuelva su petición formulada con fecha 28 de diciembre de 1990, y que tenía por finalidad la adjudicación de una plaza de Jefe de Equipo Quirúrgico de la especialidad de Urología en la ciudad de Palma de Mallorca. No se hace pronunciamiento expreso respecto de las costas procesales causadas.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 19 de noviembre de 1996.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.
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