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Para general conocimiento y cumplimiento, en sus propios términos, se publica el fallo de la sentencia firme dictada con fecha 19 de septiembre de 1996 por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el recurso contencioso-administrativo número 1/596/1994, promovido por don Juan Pedro Guirao Navarro contra resolución expresa de este Ministerio, desestimatoria de las pretensiones deducidas por el actor sobre reconocimiento y abono de los complementos específicos y de productividad por régimen de jornada partida en la misma cuantía fijada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, cuyo pronunciamiento es del siguiente tenor:
«Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Juan Pedro Guirao Navarro contra la Resolución de fecha 18 de mayo de 1994, dictada por el Director general del Instituto Nacional de la Salud; sin costas.»
Lo que digo a V. I. a los efectos de lo dispuesto en el artículo 103 de la vigente Ley reguladora de la Jurisdicción de lo Contencioso-Administrativo.
Madrid, 19 de noviembre de 1996.-P. D. (Orden de 2 de noviembre de 1994, «Boletín Oficial del Estado» del 4), el Subsecretario, Enrique Castellón Leal.
Ilmo. Sr. Secretario general de Asistencia Sanitaria.
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